Registro Civil

Guía de trámites  

Matrimonio con la Oficina Móvil de la Dirección General

 

Última actualización: 29/12/2023

Trámite para contraer matrimonio con la Oficina Móvil de la Dirección General del Registro del Estado Civil y la Capacidad de las personas de la Provincia de Córdoba, la cual realiza ceremonias civiles solamente en domicilios particulares, clubes, salones de fiestas, iglesias, templos, etc.

Requisitos del trámite

Uno de los contrayentes debe iniciar el trámite de manera digital en el portal Mi Registro Civil, con su cuenta de Ciudadano Digital – nivel 2.

Al inicio del trámite, el sistema les solicitará que completen la siguiente información:

-Nombre y apellido completo de los contrayentes.
-DNI de los contrayentes.
-Fecha, hora y lugar donde se realizará el matrimonio.
-Teléfono de contacto de ambos contrayentes.

* Se recomienda iniciar el trámite aproximadamente SEIS MESES antes de la fecha de la ceremonia.

* Se deberá cumplimentar con la documentación solicitada por el sistema de acuerdo a cada caso en particular (mayores de edad, menores, viudos, divorciados, etc.). Aquí pueden descargar una guía completa de requisitos del trámite.

*Si los contrayentes tuvieran algún inconveniente para iniciar el trámite de manera digital, deberán comunicarse directamente con la Oficina Móvil de Matrimonios a través del siguiente mail: oficinamovil.registrocivil@cba.gov.ar 

* Se recuerda a los contrayentes que no deben incurrir en alguno de los impedimentos del art. 403 del Código Civil y Comercial de la Nación que se detallan a continuación:

«Parentesco en línea recta en todos los grados, cualquiera sea el origen del vínculo; parentesco entre hermanos bilaterales y unilaterales, cualquiera sea el origen del vínculo; afinidad en línea recta en todos los grados; matrimonio anterior mientras subsista; haber sido condenado como autor, cómplice o instigador del homicidio doloso de uno de los cónyuges; tener menos de 18 años; falta permanente o transitoria de salud mental» (Art. 403 CCCN).

* Es requisito obligatorio contar con cuatro testigos. Deberán ser mayores de edad con DNI en buen estado, pudiendo estos ser familiares. Los testigos deberán presentar el DNI en el momento de la ceremonia.

* En caso de que uno de los contrayentes no comprenda el idioma español deberá presentar documentación del traductor público nacional quien formará parte de la ceremonia suscribiendo el acta.

* Si la edad de los contrayentes es entre 16 y 18 años deberán contar con autorización de sus representantes legales (padres, tutores, etc.). A falta de dicha autorización podrán celebrar el matrimonio previa dispensa judicial. Si la edad de los contrayentes es menor a 16 años deberá requerirse en todos los casos dispensa judicial.

* Los contrayentes podrán optar por el régimen de separación de bienes o comunidad de bienes. En el caso de optar por la separación de bienes deberá presentar la convención matrimonial realizada por Escribano Público.

Documentación requerida

Una vez que se inicia el trámite de manera digital, el mismo sistema va guiando a los contrayentes para que carguen todos los datos y la documentación.

En ciertas secciones del trámite es el mismo sistema el que genera documentos en PDF a partir de la información que los mismos contrayentes completaron anteriormente. Esos documentos deberán ser firmados de puño y letra, y cargados en el trámite conforme el sistema o los agentes del registro civil lo soliciten.

Excepcionalmente y en el caso de que haya existido algún inconveniente para el inicio del trámite de manera digital, a continuación se detalla la lista de documentos que deben ser presentados al menos sesenta (60) días antes de la fecha de la ceremonia:

1. Nota de presentación

2. Declaración Jurada de Matrimonios

3. Testigos de los Contrayentes

4. Informe Estadístico

5. Convenios de Régimen Patrimonial

Costo

Según la ley impositiva del año 2024 (Ley: 10.929, art. 79), las tasas son las siguientes:

4. Oficina móvil dependiente de la Dirección Provincial. Sin perjuicio de las tasas enunciadas precedentemente, por los servicios que preste la Oficina Móvil del Registro deben abonarse además, las siguientes tasas especiales:

4.1.- Por la celebración de matrimonio o registración de unión convivencial con la intervención de la Oficina Móvil del Registro en el lugar que sea requerida en día y/u horario inhábil: $ 46.000

4.2.- Por los servicios que realice la Oficina Móvil del Registro fuera de la jurisdicción Capital, se adicionará a la tasa correspondiente el monto que resulte de aplicar la siguiente fórmula:

Asignación por viático + (kilómetros recorridos ida y vuelta x precio de combustible x coeficiente Uno coma Diez (1,10)) = Monto del arancel.

 

IMPORTANTE: Recordá que no debés abonar la tasa del trámite hasta luego de concretar la entrevista con el/la oficial público y enviar toda la documentación.

Información adicional

¿Cómo tengo una cuenta de Ciudadano Digital – nivel 2 para iniciar el trámite de matrimonio de manera digital?

Si todavía no contás con una cuenta de Ciudadano Digital (CiDi), el primer paso es que generes tu cuenta nivel 1 siguiendo estos pasos. Luego podrás pasar a nivel 2 (verificar tu cuenta) siguiendo las instrucciones de este link

Si ya tenés una cuenta de CiDi nivel 1, solo deberás pasar a nivel 2 siguiendo las instrucciones de este link.

¿Cómo es la ceremonia del casamiento por civil?

El día de la ceremonia tienen que estar presentes los novios y los testigos que eligieron los novios, con el DNI para acreditar su identidad.

¿Qué es la libreta de familia?

La libreta de familia es el documento donde se asienta el matrimonio y el nacimiento de los/as hijos/as del matrimonio.