Guía de trámites
Última actualización: 15/03/2022
Cuando una defunción no fue inscripta dentro del plazo de dos días hábiles que la Ley Nacional N°26.413 establece, corresponde solicitar autorización para realizarla «fuera de término».
* Nota de solicitud que contenga:
– Título: «solicitud de autorización para la inscripción de defunción fuera de término».
– Lugar y fecha.
– Nombre, apellido y Nº de DNI del fallecido.
– Fecha de fallecimiento.
– Nombre, apellido y Nº DNI del solicitante.
– Firma, aclaración y parentesco o vínculo del solicitante.
* Certificado médico de defunción emitido por un profesional habilitado.
* DNI de la persona que solicita la inscripción del fallecimiento.
* Certificado negativo de inscripción de la defunción. Este certificado es emitido por el registro civil de la localidad donde ocurrió el fallecimiento, lo tramitan los agentes de esa oficina y debe tener la fecha del día en que se inicia el trámite.
Paso 1
Paso 2
Acercate al registro civil de la localidad donde ocurrió el fallecimiento para que reciban la documentación e inicien el trámite.
Paso 3
Una vez que la gestión es verificada y aprobada, se emitirá una resolución que autoriza la inscripción de la defunción fuera de término.
Paso 4
El registro civil donde iniciaste el trámite te comunicará cuando esté finalizado.
*Familiar directo.
*Profesional habilitado.
*Empresas funerarias.
*Terceros intervinientes.
El trámite es gratuito. Consultar con el registro civil correspondiente el costo de la tasa en caso de que la gestión la realice un servicio funerario privado.